Aspectos problemáticos en la admisión de medios extemporáneos en el Proceso Civil Peruano
DOI:
https://doi.org/10.46363/derecho.v2i2.-1Palabras clave:
Proceso Civil Peruano, Medios extemporáneosResumen
El artículo "Aspectos problemáticos en la admisión de medios extemporáneos en el proceso civil peruano" aborda la complejidad del ofrecimiento de pruebas fuera de los plazos establecidos por el Código Procesal Civil, resaltando la tensión entre los principios de preclusión y celeridad procesal y la necesidad de un sistema judicial eficaz que permita la inclusión de pruebas relevantes para la resolución de conflictos. Aunque el artículo 429 del Código Procesal Civil permite la admisión de pruebas extemporáneas en casos de hechos nuevos o cuando se adquiere conocimiento posterior de hechos significativos, se enfatiza que esta flexibilidad debe ser manejada con cautela para no
comprometer el derecho de defensa de las partes ni
prolongar innecesariamente los procesos judiciales, que ya enfrentan una alta carga procesal en Perú. La jurisprudencia ha mostrado disposición a admitir pruebas extemporáneas en circunstancias excepcionales, siempre que se garantice un equilibrio entre la búsqueda de la verdad material y el respeto a los plazos procesales, lo que plantea interrogantes sobre cómo gestionar adecuadamente la admisión de tales pruebas sin vulnerar los principios fundamentales del derecho procesal, como preclusión y la celeridad procesal en la administración de justicia, más aún si guarda estrecha relación con otros principios como el de la igualdad de las partes en el ofrecimiento probatorio.
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